Usufructo
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¿Qué es el usufructo?
Consiste en la facultad de gozar de una cosa conservando su forma y sustancia para devolver a su dueño.
El usufructo supone necesariamente dos derechos coexistentes: el del nudo propietario, y el del usufructuario. Tiene una duración limitada, al cabo de la cual pasa al nudo propietario y se consolida con la propiedad.
¿En qué consiste la extinción de usufructo?
Consiste en la terminación del derecho a usar y disfrutar de los beneficios de un bien que pertenece a otra persona.
Requisitos
- Cédula de ciudadanía.
- Escritura pública.
- Si el usufructuario ha fallecido, copia autenticada del registro civil de defunción.
- Por prescripción, anexar sentencia del juez.
- En caso de renuncia del titular, se necesita la firma del mismo.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto dura un acuerdo de usufructo?
Es posible constituir un usufructo por tiempo determinado o de manera indefinida. Si en el acuerdo no se fija duración, se entenderá como vitalicio.
¿Cómo se da por terminado el derecho de usufructo?
La finalización del usufructo se puede dar por muerte natural del usufructuario, por la resolución del derecho del constituyente, por consolidación del usufructo con la propiedad, por prescripción, por la renuncia del usufructuario o por sentencia del juez.
¿En qué consiste el derecho de usufructo?
Según el artículo 823 del Código Civil, es un derecho que se puede tomar una persona de disfrutar una cosa, comprometiéndose a devolverla en el mismo estado en el que le fue entregada.
¿Qué es un contrato de usufructo?
Es un acuerdo donde el propietario de bienes muebles o inmuebles, da a un usufructuario el derecho de disfrutar de sus bienes con el compromiso de mantener sus facultades intactas.
¿Cómo se constituye el usufructo?
El artículo 825 del Código Civil, indica que se puede constituir por la ley, por testamento, por donación, venta u otro trámite entre vivos o por prescripción. Si es un contrato que recae sobre un inmueble, debe haber constancia en escritura pública.
¿Cuáles son las causales para llevar a cabo una extinción de usufructo?
- Cuando muere el usufructuario, dicha extinción se da aunque el término estipulado para la terminación no haya llegado.
- Cuando el propietario vende el bien al usufructuario.
- Por renuncia del usufructuario de su derecho.
- Por la destrucción total del bien.
- Por declaración judicial, la cual se puede dar por incumplir el usufructuario con sus obligaciones.