Unión marital de hecho
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¿Qué es la unión marital de hecho?
Según la Ley 54 de 1990, es la unión entre un hombre y una mujer que, sin estar casados, conforman una comunidad de vida permanente y singular, adquiriendo los deberes y derechos de un matrimonio. Para efectos civiles, se les denomina compañero y compañera permanente.
La Corte Constitucional, mediante Sentencia C-075-07, incluyó a las parejas homosexuales dentro de las personas aptas para conformar este tipo de unión, en aras de brindarles protección patrimonial.
Requisitos
- Documentos de identificación.
- Copias auténticas de los registros civiles de nacimiento que no tengan más de un mes de expedidas.
- Datos completos (nombres, apellidos, número de documento de identidad, lugar de nacimientos, edad, ocupación, domicilio),
- Manifestación de que actúan de común acuerdo.
- Fecha desde la cual conviven juntos.
- De ser el caso, identificación de hijos comunes.
- Si tienen hijos y los declarantes son el padre y la madre ( hijos comunes) deben anexar las copias de los registros civiles de nacimientos de cada uno de los hijos.
- Para el caso de hijos no comunes, que se encuentren bajo su patria potestad o bajo su guarda, deben presentar inventario de los bienes, si los hay, que sean propiedad de cada hijo. El inventario lo elaborará el curador designado según la ley.
Preguntas frecuentes
¿Cuáles son los beneficios que otorga?
El ingreso a la sociedad patrimonial, la afiliación al sistema de salud (EPS) y a la sustitución pensional.
¿Qué bienes hacen parte de la Sociedad Patrimonial entre compañeros Permanentes?
Los logrados con el trabajo y esfuerzo mutuo. Los bienes adquiridos antes de dar inicio a la Unión Marital de Hecho no están incluidos dentro del patrimonio de la sociedad conyugal, así como tampoco las herencias a las que acceda una de las partes, rifas y otras adquisiciones a título no oneroso.
¿Qué proceso llevó para disolver una Unión Marital de Hecho?
Por mutuo consentimiento registrado en Escritura Pública ante Notario, mediante acta suscrita en un Centro de Conciliación, por Sentencia Judicial o debido a la muerte de uno de los compañeros.
¿En qué momento se puede conformar una Unión Marital de Hecho?
Cuando los compañeros lo acuerden. Es diferente la unión marital y la sociedad patrimonial, que surge generalmente como consecuencia. Esta última se presume que existe luego de dos años de convivencia.
¿Cómo se hace para declarar una Unión Marital de Hecho?
Por medio de estos trámites:
- Escritura pública ante notario por mutuo consentimiento de los compañeros permanentes.
- Acta de Conciliación suscrita por los compañeros permanentes.
- Sentencia judicial.
Las parejas conformadas por personas del mismo sexo ¿pueden acceder a una unión marital de hecho?
Si. La corte constitucional mediante la Sentencia C-075-07, incluyó a las parejas homosexuales dentro de las personas aptas para conformar este tipo de unión, para brindar los mismos derechos patrimoniales.
¿La sociedad patrimonial es igual a una Unión Marital de Hecho?
La unión marital es la decisión entre una pareja y delimita los bienes de cada uno dejándolos por fuera de la unión. Mientras que, la sociedad patrimonial existe automáticamente después de 2 años de convivencia y puede ser probada a través de testigos y otros actos legales.