POLITICAS DE SEGURIDAD Y PROTECCION DATOS

La Notaria Tercera de Montería en cabeza del doctor Miguel Francisco Puche Yáñez, protege los datos personales de los usuarios y por tal razón acoge las disposiciones generales contenidas en la ley 1581 de 2012, decreto 1377 de 2013 y demás normas que lo complementen o modifiquen.

Nuestros principios rectores y que orientan el tratamiento de los datos personales son los contemplados en el artículo 4 de la ley 1581 de 2012:

a) Principio de legalidad en materia de Tratamiento de datos: El Tratamiento a que se refiere la presente ley es una actividad reglada que debe sujetarse a lo establecido en ella y en las demás disposiciones que la desarrollen;

b) Principio de finalidad: El Tratamiento debe obedecer a una finalidad legítima de acuerdo con la Constitución y la Ley, la cual debe ser informada al Titular;

c) Principio de libertad: El Tratamiento sólo puede ejercerse con el consentimiento, previo, expreso e informado del Titular. Los datos personales no podrán ser obtenidos o divulgados sin previa autorización, o en ausencia de mandato legal o judicial que releve el consentimiento;

d) Principio de veracidad o calidad: La información sujeta a Tratamiento debe ser veraz, completa, exacta, actualizada, comprobable y comprensible. Se prohíbe el Tratamiento de datos parciales, incompletos, fraccionados o que induzcan a error;

e) Principio de transparencia: En el Tratamiento debe garantizarse el derecho del Titular a obtener del Responsable del Tratamiento o del Encargado del Tratamiento, en cualquier momento y sin restricciones, información acerca de la existencia de datos que le conciernan;

f) Principio de acceso y circulación restringida: El Tratamiento se sujeta a los límites que se derivan de la naturaleza de los datos personales, de las disposiciones de la presente ley y la Constitución. En este sentido, el Tratamiento sólo podrá hacerse por personas autorizadas por el Titular y/o por las personas previstas en la presente ley;

Los datos personales, salvo la información pública, no podrán estar disponibles en Internet u otros medios de divulgación o comunicación masiva, salvo que el acceso sea técnicamente controlable para brindar un conocimiento restringido sólo a los Titulares o terceros autorizados conforme a la presente ley;

g) Principio de seguridad: La información sujeta a Tratamiento por el Responsable del Tratamiento o Encargado del Tratamiento a que se refiere la presente ley, se deberá manejar con las medidas técnicas, humanas y administrativas que sean necesarias para otorgar seguridad a los registros evitando su adulteración, pérdida, consulta, uso o acceso no autorizado o fraudulento;

h) Principio de confidencialidad: Todas las personas que intervengan en el Tratamiento de datos personales que no tengan la naturaleza de públicos están obligadas a garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada su relación con alguna de las labores que comprende el Tratamiento, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas en la presente ley y en los términos de la misma.

Todos los funcionarios de la Notaria Tercera de Montería darán cumplimiento a los principios establecidos en el manejo de la protección de datos, garantizando a los usuarios la reserva de la información suministrada y su utilización exclusivamente para los servicios notariales solicitados por ellos y para las finalidades legales pertinentes, respetando en todo momento la normatividad vigente.

 

DERECHO DE LOS TITULARES

Los usuarios de la Notaria Tercera de Montería cuyos datos personales sean tratados por este despacho, tienen los siguientes derechos;

a) Conocer, actualizar y rectificar sus datos personales

b) Ser informado previa solicitud, respecto del uso que se le ha dado a sus datos personales;

Los datos suministrados por los usuarios solo se utilizan para los fines legales pertinentes.

Ir al contenido